Amenazar con despedir, prometer beneficios a cambio de apoyo político o dificultar la asistencia a las urnas son conductas que pueden constituir acoso electoral en el trabajo en Sergipe, Brasil. El 21 de octubre de 2026, el Ministerio Público del Trabajo en Sergipe (MPT-SE) informó que había recibido 24 denuncias sobre el tema, frente a 11 hasta el 4 de octubre, y anunció una guardia especial para recibir comunicaciones los días 24 y 25 de octubre. Estas 24 denuncias son avisos de posibles irregularidades, no casos comprobados.
Según el MPT-SE, los relatos involucran a empresas privadas y a la Administración Pública, tanto en Aracaju como en el interior del estado. El comunicado no desglosa las denuncias por municipio ni informa cuántas dieron lugar a infracciones acreditadas, procedimientos o condenas. Las cifras reflejan la situación comunicada el 21 de octubre y no un total definitivo de las elecciones de 2026.
¿Qué puede constituir acoso electoral en el trabajo?
El acoso electoral abarca la coacción, intimidación, amenaza, humillación o presión relacionadas con una elección para influir en el voto, el apoyo político o la expresión política de las personas trabajadoras. Puede ocurrir en el sector privado o público, incluso mediante mensajes, reuniones u otras actividades vinculadas al trabajo. Cada situación requiere evaluar los hechos y su contexto.
- Amenazar con despidos, reducción de beneficios, cambios de funciones o perjuicios profesionales a quienes no apoyen determinada candidatura.
- Prometer ventajas, trato preferente o beneficios condicionados al voto o a la posición política.
- Obligar a participar en actos de campaña, exigir demostraciones de apoyo o imponer el uso de materiales de propaganda electoral.
- Humillar, perseguir o discriminar a quien exprese una opinión política distinta.
- Organizar turnos o crear obstáculos para acudir a votar, incluso por la preferencia política de la persona trabajadora.
Una conversación política espontánea, sin amenazas, imposiciones ni represalias, no constituye automáticamente acoso. El problema surge cuando la autoridad jerárquica, la relación laboral u otras presiones se utilizan para limitar la libertad de elección. Incluso una sola conducta puede justificar una investigación.
Cómo denunciar ante el MPT-SE
- Acceda al sistema de denuncias del MPT-SE en https://peticionamento.prt20.mpt.mp.br/denuncia y siga los pasos indicados en la propia página.
- Indique el municipio, el lugar de trabajo u organismo involucrado, cuándo ocurrió el hecho y de qué forma se ejerció presión. Describa palabras, mensajes, exigencias o amenazas sin suponer que la infracción ya está demostrada.
- Si están disponibles y se obtuvieron legalmente, adjunte mensajes, correos, audios, imágenes, documentos u otros registros. Señale posibles testigos, si los hay.
- Complete los datos de identificación exigidos por el formulario y, si es necesario, solicite confidencialidad de sus datos. Solicitar confidencialidad no significa que ya exista una decisión sobre lo denunciado.
Este canal recibe comunicaciones de posibles irregularidades laborales. Quien presencie un intento de impedir el voto de otra persona también puede comunicarlo. El MPT puede remitir denuncias por posibles delitos electorales al Ministerio Público Electoral; la remisión y cualquier determinación de responsabilidad dependen del análisis de las autoridades competentes.
Guardia especial los días 24 y 25 de octubre de 2026: horarios y contactos
El MPT-SE anunció una guardia especial de 8:00 a 17:00, hora de Sergipe (UTC-3), el sábado 24 y el domingo 25 de octubre de 2026, con equipos en Aracaju e Itabaiana. Se prestará especial atención a las presiones que impidan o dificulten votar en la segunda vuelta.
- Aracaju: sede del MPT-SE, Avenida Desembargador Maynard, 72, barrio Cirurgia. Teléfono publicado: (79) 3194-4600.
- Itabaiana: Procuraduría del Trabajo en Itabaiana, Avenida Otoniel Dória, 445, Centro. Teléfono comunicado para la guardia: (79) 98127-1202.
- Internet: las denuncias pueden iniciarse en el sistema del MPT-SE. El comunicado no detalla los horarios de atención telefónica fuera de la guardia especial.
¿Quien trabaja el día de las elecciones puede salir a votar?
Sí. El artículo 60 de la Resolución 23.759/2026 del Tribunal Superior Electoral (TSE) de Brasil garantiza a las personas que deban trabajar o prestar servicios a terceros el día de la votación el derecho a ausentarse durante el tiempo necesario para votar. Eso no equivale, por sí solo, a tener libre toda la jornada. Impedir u obstaculizar el ejercicio del voto puede tener consecuencias electorales y laborales, según los hechos.
Una denuncia recibida no es una infracción comprobada
Los 24 registros citados por el MPT-SE no permiten concluir que 24 empleadores o funcionarios hayan cometido acoso electoral. La recepción de una denuncia es una etapa inicial: los hechos pueden requerir diligencias, con respeto al debido proceso y al derecho de defensa. Esto es diferente de acreditar una responsabilidad o dictar una condena.
Información verificada el 22 de octubre de 2026. La guardia anunciada corresponde únicamente al 24 y 25 de octubre de 2026; las cifras de denuncias son las comunicadas el 21 de octubre. Para consultar la atención y los procedimientos después de esas fechas, utilice los canales oficiales del MPT-SE.
Fuentes y referencias
- MPT-SE, balance del 21/10/2026 y guardia para la segunda vuelta
- MPT-SE, sistema electrónico de denuncias
- MPT, orientaciones de 2026 sobre conductas y pruebas
- TSE, orientación para denunciar el acoso electoral laboral
- TSE, Resolución 23.759/2026, artículo 60, derecho a ausentarse para votar
- TSE, Manual del Elector 2026, comunicación de irregularidades





